Escuelas privadas: ¿Qué responsabilidad tienen si un alumno sufre un accidente dentro del colegio? (Dr. Álvaro Albornoz)
Cuando un niño sufre un accidente en la escuela —ya sea porque corre en los pasillos, se cae en el recreo o es empujado por otro— surge una pregunta clave: ¿La escuela es responsable de esos daños? La respuesta es clara: sí, siempre que se pueda demostrar negligencia o falta de vigilancia adecuada.
Base legal: responsabilidad civil (culpa in vigilando)
Generalmente, los Códigos Civiles, siguiendo el tradicional modelo civilista, establecen el principio, conocido como "culpa in vigilando", el cual implica que la escuela debe responder si no pudo evitar el daño aún con un grado razonable de supervisión.
En otras palabras, la institución debe garantizar la seguridad del niño dentro de sus instalaciones. Si el accidente ocurre por falta de cuidado —como defectos en infraestructura, vigilancia insuficiente o condiciones peligrosas— la responsabilidad recae en la escuela, no necesariamente en el docente.
¿Cuándo podría no haber responsabilidad?
Se considera que el accidente fue un caso fortuito, es decir, algo inevitable, cuando escapa a cualquier medida preventiva razonable. Sin embargo, esto no exime automáticamente de responsabilidad: corresponde a la escuela probar que, incluso con todas las precauciones, el suceso no pudo evitarse.
Por ejemplo, una riña repentina entre alumnos, o una caída durante un juego normal en recreo podría considerarse fortuita. Pero si la infraestructura estaba en mal estado (por ejemplo, barandas inestables o pisos resbalosos), la escuela queda expuesta a responsabilidades legales.
Reflexión institucional y legal
Las escuelas privadas están legalmente obligadas a:
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Mantener instalaciones seguras y adecuadas.
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Supervisar activamente a los alumnos durante toda la jornada escolar.
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Aplicar protocolos de prevención de accidentes y respuesta inmediata.
En caso contrario, podrían enfrentar:
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Reclamos de reparación de daños (gastos médicos, indemnización).
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Sanciones administrativas por parte de la Secretaría de Educación si no cumplen con estándares de seguridad.
Conclusión
La escuela es responsable legalmente cuando un alumno sufre daños por negligencia comprobada. Aunque el accidente ocurra en segundos o parezca parte del juego, la negligencia en vigilancia, infraestructura o protocolos puede configurar una falta grave.
Esta responsabilidad no está dirigida a criminalizar, sino a enfatizar que la seguridad infantil es una obligación institucional, no opcional. Las escuelas deben ser, ante todo, lugares seguros donde aprender no implique riesgo.
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